Tarifa e Interes Social (TIS)

La fundamentación sobre la conveniencia de estructurar la Tarifa Social o Subsidio, se sustenta en los siguientes enfoques:

- Enfoque Sanitario : la universalidad y la obligatoriedad del Servicio Sanitario.

- Enfoque Económico : la sustentabilidad del Servicio Público.

- Enfoque Político : convalidación Social del modelo solidario.

El Programa Tarifa Social ( TIS ) consiste en asistir a aquellas familias con ingresos inferiores al valor de la canasta básica mínima que, como consecuencia de ello, tienen dificultad para pagar su factura. En este sentido, se aplicará un descuento del 50% sobre la tarifa del servicio brindado, evitando además el corte del mismo.

Se destinarán para aquellos casos sociales donde se haga necesaria la asistencia.

Este programa apunta a crear un subsidio solidario para apoyar a las familias de menores recursos. Beneficiará a usuarios ubicados dentro del área de concesión.

Especificaciones

El subsidio sólo funcionará a DEMANDA, es decir que el Usuario deberá solicitarlo.

- La duración del subsidio será por cada año calendario, a partir de la primera factura emitida con el correspondiente descuento, y hasta el 31 de diciembre de ese año, con posibilidad de ser renovado.

- Una vez otorgado el subsidio, el Usuario, asume el compromiso de realizar el pago de su factura. El no pago de las facturas podría causar la cancelación de dicho subsidio.

- El monto del beneficio quedará expuesto en la factura bajo la descripción de "Descuento Tarifa Social".

Selección de beneficiarios

Los Usuarios interesados deberán presentarse en el Municipio y completar un Formulario de Solicitud con las siguientes condiciones:

•  Uso de la propiedad Residencial.

•  No disponer de un ingreso por hogar, mayor a la Canasta Básica Familiar, indicada por el INDEC.

•  No poseer más de una propiedad.

•  Consumo promedio de Agua, no superior a 15 m3, para grupos familiares de hasta 4 miembros, y no superior a 20 m3/mes, para grupos de hasta 8 miembros.

•  No contar con elementos de confort: TV por cable, teléfono fijo o automóvil

•  El subsidio se otorgará al grupo familiar, bajo la forma de descuento, en la facturación mensual del Servicio Sanitario del concesionario. El Municipio contribuirá, con la no facturación del 6% en concepto de FOP (Fondo de Obra Pública)

El Municipio será el encargado de evaluar las solicitudes de los clientes, de acuerdo con una metodología específica.

Las solicitudes determinadas por el Municipio, serán aprobadas según los mecanismos que proponga el Municipio.

La CEAL Servicios Sanitarios, aplicará el descuento en las facturas una vez finalizado el proceso de aprobación.

Posibles beneficiarios que acumulen deudas

En el caso de Usuarios residenciales que tuvieran deuda al momento de solicitar la TIS, hallarán un procedimiento para regularizar la deuda anterior al ingreso al programa donde se contemplarán, según los casos, las siguientes posibilidades:

- Exención de gastos

- Exención del 100% de recargos.

- Quita del saldo del capital en caso del cumplimiento del plan de pagos por parte del cliente.

- Plan de pagos de 6 cuotas bimestrales en el que el monto de la cuota no debe superar el monto de la factura subsidiaria, y su vencimiento opera alternado con el de ésta.

Aplicación

El subsidio podrá ser aplicado sólo en los casos de inmuebles con categorías Residencial (casas de familia), quedando excluídas cualquier unidad complementaria.

 

- contacto webmaster - adrministración del sitio - www.ceal.com.ar