Trámites

COMO DIRIGIRSE AL CONCESIONARIO . A fin de optimizar la relación entre usuario y concesionario, se establece el principio del informalismo en las actuaciones que corran por cuenta del primero.

El usuario contará con los siguientes medios para comunicarse o efectuar reclamos al concesionario:

a) Visita Personal: Personalmente, o por medio de apoderado y/o mandatario, o en actuaciones entregadas con firma autenticada del usuario por escribano, autoridad pública, o entidad bancaria, o aun a través de actuaciones firmadas por el usuario cuando comparezca un familiar del mismo que acredite el vínculo.

b) Por medios electrónicos: Se podrán realizar tramites a través de la página WEB, habilitada a tal efecto.

c) Por Nota: Dirigiéndose por simple nota al concesionario. Al respecto será válida también cualquier comunicación recibida por medio postal o telegráfico.

TRAMITE : Cada pedido, presentación o reclamo del usuario ante el concesionario originará la confección por la CEAL, de un formulario, cuya copia debidamente numerada será entregada al usuario como constancia del registro del caso. El número de comprobante que corresponda a todo reclamo postal será informado por el mismo medio o por vía telefónica si se hubiera consignado el número de teléfono respectivo.

Deberá llevarse un Registro numérico, alfabético, cronológico y sistematizado de todos los reclamos, al que tendrá acceso permanente la Municipalidad conforme la Ley Nº 24.240 (LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR) Y Ley Nº 13.133 (LEY PROVINCIAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR)

DOCUMENTOS PARA CADA TRAMITE . Los documentos que el usuario debe acompañar para la realización de trámites son los que para cada caso se consignan a continuación, pudiéndose entregar fotocopias simples de los mismos:

a) Situación Fiscal: Constancia de Inscripción extendida por la AFIP, donde conste el número de CUIT y situación fiscal frente al IVA; formulario R-531 V2 extendido por Rentas.

b) Cambio de nombre de propietario y/o domicilio postal: Escritura traslativa de dominio o certificación de escribano; última factura paga; documento de identidad del propietario.

c) Reclamos por facturación dudosa, no recepción de facturas o facturas fuera de término: Ultima/s factura/s que obren en su poder, o aquellas respecto de las cuales desee reclamar.

d) Conexión de Agua, agua para construcción, cloacas: Planos de la obra, aprobados la Municipalidad, planilla de solicitud firmada por Matriculado, plano de instalación sanitaria, escritura traslativa de dominio.

e) Reclamo sobre Débito Automático: Se completará un formulario dando indicación del número de cuenta y banco respectivo.

f) Empadronamiento y categorización de inmuebles: Plano del inmueble, planilla de características de edificación.

g) Recategorización de inmuebles: Declaración jurada. Constancia de habilitación municipal o de cierre.

h) Reclamo de servicio medido: Facturas sobre las que se realiza el reclamo.

i) Devoluciones: Facturas sobre las que se realiza el reclamo.

j) Oficios y cédulas judiciales: Solo se presentarán en Mesa de Entradas del domicilio indicado en el art. 43 para su diligenciamiento.

k) Informe de deuda: Sólo número de partida (cuenta y dígito en Gran Buenos Aires).

l) Subdivisión en propiedad horizontal: Boletas pagas; plano de subdivisión aprobado por la Municipalidad; nota solicitando la tramitación, con firma de la totalidad de los consorcistas o administrador, dejando constancia de los nombres de los condóminos y dirección postal para el envío de la facturación.

ll) Cambio del método de pago: Simple nota de solicitud, consignando el número de partida.

m) Otros: El concesionario informará por escrito y en carteleras los requisitos que deben cumplimentarse en los demás casos no previstos en el presente artículo previa aprobación de la Municipalidad.

RECLAMOS POR DEFICIENCIAS DEL SERVICIO : Los reclamos correspondientes a deficiencias en las prestaciones de servicios que afecten a los usuarios no precisarán de ninguna documentación ni requisito anexo, siendo suficiente informar al concesionario el domicilio, nombres y apellido del usuario afectado y la irregularidad denunciada.

En estos casos el concesionario deberá satisfacer el reclamo a la brevedad y no podrá facturar el servicio correspondiente a ese lapso conforme al art. 30 de la Ley Nº 24.240 (LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR) y Ley Nº 13.133 (LEY PROVINCIAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR)

TIEMPO DE RESPUESTAS . El concesionario deberá dar respuesta y satisfacción a las presentaciones y pedido de los usuarios en los siguientes términos:

a) Reclamos en General: TREINTA (30) días corridos de recibido el mismo.

b) Pedido de conexión a la red en el área servida: TREINTA (30) días corridos.

c) Pedido de reconexión: DIEZ (10) días corridos.

d) Pedido de inspección por denuncia sobre la calidad del agua: VEINTICUATRO (24) horas.

e) Pedido de formas especiales de pago: DIEZ (10) días corridos.

f) Reclamo sobre el servicio: DIEZ (10) días corridos que se extenderán a VEINTE (20) días si se requiere la inspección de las instalaciones internas.

g) Todo reclamo referido a falta de agua y desbordes cloacales que no sean consecuencia de tareas de reparación o mantenimiento, deberá ser atendido por el concesionario en forma gratuita dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de formulado, brindando la información de acuerdo a lo señalado en el art. 37.

h) Reclamos sobre la generación de riesgos inminentes para las personas: VEINTICUATRO (24) horas.

La falta de respuesta en los plazos indicados dará derecho al usuario a considerar denegado su pedido y lo habilitará a optar entre recurrir ante el Ente Regulador, sin perjuicio de considerar aplicable lo establecido por el art. 30 de la Ley Nº 24.240.

 

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